Con fecha de 20 de diciembre, la Fiscalía General del Estado publicó la Circular 2/2022, sobre la actividad extraprocesal del Ministerio Fiscal en el ámbito de la investigación penal, en la que se unifican criterios y se establecen unas directrices claras y concretas por las que se regirá la actividad investigadora del Ministerio Fiscal.
En dicha circular, en su artículo 16.4 incide sobre la necesidad de que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en la redacción y tramitación de sus atestados y diligencias, omitan incorporar datos personales de las víctimas, encausados, testigos y peritos, en aras a la Protección de datos, ya que éstos no son precisos.
- TRATAMIENTO DE DATOS DE VÍCTIMAS, PERSONAS SOSPECHOSAS, TESTIGOS Y PERITOS.
-DIRECTRICES CUMPLIMIENTO DILIGENCIAS RESERVADAS
- INSTRUCCIÓN DE ATESTADOS CON LA DILIGENCIA RESERVADA.
- DILIGENCIA DE IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES INTERVINIENTES (modelo de ata)
- MODELO DE ATESTADO A MODO DE EJEMPLO, UTILIZADO CON DILIGENCIA RESERVADA
Policías Locales de corporaciones locales andaluzas